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Guatemala
 
 
 

Cubre la muerte por causa natural del asegurado titular.

Si el fallecimiento es por accidente, se pagará una suma adicional a la contratada. Así mismo, cubre la desmembración por accidente. Si la muerte es calificada como especial, se pagará dos veces la suma contratada. Si el asegurado queda incapacitado total y permanentemente para desempeñar sus labores, la póliza lo exonera del pago de primas y quedará cubierto automáticamente.

La póliza le ofrece los siguientes beneficios adicionales:

  • Renta por Incapacidad Total y Permanente.
  • Seguro funerario pagado en forma inmediata para cubrir los gastos de sepelio.

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